La Revista Trabajo y Seguridad Social (CEF) números 461-462 sintetiza en varios estudios importantes la actualidad del de estos meses de la siguiente forma: en una editorial del director, «El maná comunitario y las reformas sociolaborales que lo condicionan» efectúa una lectura crítica de los condicionantes exigidos por Bruselas para la aplicación de las ayudas a la recuperación del país, y en concreto de los condicionantes laborales, que ya han comenzado a llegar en el mes de agosto. Se trataría de medio centenar de normas, a razón de una ley cada 15 días hasta finales de 2023, entre las cuales estaría la que el autor llama la (contra)reforma laboral y la (contra)reforma de las pensiones. El autor alude expresamente a las dificultades para llevar adelante estas reformas, por las resistencias a izquierda y derecha, y pone como ejemplo el proyecto de ley para la estabilización de los empleados públicos temporales, salvado por un solo voto y gracias a concesiones políticas, después que el TJUE en el asunto Diego Porras entre otros advirtiera del abuso existente, y apoyándose en la nueva doctrina del TS de que los procesos para cubrir una vacante no deben durar más de tres años so pena de convertirse en abusivos. El autor concluye que el RDL 14/2021 no es fiable a la hora de resolver el problema de la temporalidad abusiva. Respecto a otras reformas laborales, mientras que respecto de algunas referidas a la legislación de crisis de 2012-2014 se muestra confiado en que puedan alcanzarse acuerdos de supresión o modificación (en realidad, la jurisprudencia ya había entrado en ellas), indica por el contrario las resistencias de las organizaciones empresariales frente a la normalización de la figura del contrato de fijo discontinuo como detrimento del contrato eventual y del de obra, y la críticas de la patronal de ETT o del sector de la construcción por la supresión de de su peculiar contrato «temporal» del fijo de obra. El autor advierte también de las resistencias que levantará la normalización de las medidas de regulación temporal de empleo, los ERTEs, en sustitución de las medidas externalizadoras de respuesta a la crisis. En cuanto a la Seguridad Social, los debates se están centrando en la manera de distribuir los sacrificios del mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones entre las generaciones actuales y las futuras, labor muy difícil. Para el autor, hace falta más equilibrio transaccional y menos ideología en la solución de los matices y dificultades que se presentan en la aplicación de unas muy generosas ayudas comunitarias a la hora de afrontar los condicionantes que pide la Unión Europea.
La sentencia de la Audiencia Nacional 127/2021 viene analizada críticamente por el profesor Ojeda Avilés desde su reflexión de que los magistrados han incorporado y hecho suya la doctrina de la Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia al aplicar la Ley de Competencia mercantil al mundo laboral, con un resultado que olvida las peculiaridades laborales en favor de una mercantilización exagerada y contraria al propio espíritu del Derecho Originario. Partiendo de los dos argumentos fallidos, el de la sentencia condenatoria del TJUE y el rechazo a considerar subsumible en el artículo 44 ET lo acordado por las partes de Acuerdo respecto a la subsunción o transmisión de plantillas en el desmantelamiento de las estructuras de las SAGEP (sociedades anónimas de gestión de la estiba portuaria), el autor analiza la negativa valoración que hace la sentencia sobre la fuerza erga omnes de los convenios colectivos, y en particular del Nacional de la Estiba, como efectos colusorios contrarios a la libre competencia y por ende nulos. No solamente nulos, sino, como remarca la sentencia, inconstitucionales por ir contra la libertad de empresa proclamada por la Norma Fundamental. Pero el conflicto no parece haber terminado con esta sentencia tan sorprendente, y habrá que estar a futuros movimientos de las partes y de otros actores.
Otro artículos son igualmente importantes y abarcan desde análisis en perspectiva de un gran campo laboral, como el estudio realizado por L. Lerouge sobre la regulación legal y social del teletrabajo o el de M. Velázquez Fernández sobre los desafíos de la trasposición de la Directiva 2018/957/UE a España en materia de desplazamientos de trabajadores, a estudios de detalle sobre cuestiones bien delicadas, como el de R. Miguel Barrio sobre el juicio de proporcionalidad en la prueba de videograbaciones ocultas a los trabajadores, o el de M. Miñarro Yanini sobre la huella sicosocial de la Covid-19 en la población trabajadora.